Muchas de nuestras clientas que buscan “abogadas de inmigración cerca de mí” lo hacen por una razón muy personal: quieren reunir a su familia o evitar una separación. Ya sea que desee patrocinar a sus padres, hijos, cónyuge o hermanos, el proceso puede ser sencillo o complicado, dependiendo del tiempo, la relación y el lugar. A continuación, le presentamos una guía clara y paso a paso, pensada especialmente para mujeres que están navegando este camino.
Paso 1: Confirme que puede ser patrocinadora
Como mujer, usted tiene los mismos derechos legales que cualquier otra persona para patrocinar a un familiar. Debe ser ciudadana estadounidense o residente permanente legal (titular de Green Card).
Si es ciudadana estadounidense, puede patrocinar a:
- Cónyuge.
- Hijos solteros menores de 21 años, hijos adultos solteros o casados.
- Padres, si usted tiene más de 21 años.
- Hermanos, si tiene más de 21 años.
Si es residente permanente, puede patrocinar a:
- Cónyuge.
- Hijos solteros, sin importar la edad.
Ya sea ciudadano estadounidense o titular de una Green Card, saber a quién puede patrocinar sienta las bases para todo lo demás. Una vez que haya confirmado su elegibilidad e identificado a sus familiares, el siguiente paso es formalizar la petición correspondiente. Esto comienza con el Formulario I-130. Aquí le mostramos cómo hacerlo correctamente.
Paso 2: Presente el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero
Así es como se le dice al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS): “Este es mi familiar y quiero patrocinarlo”.
Debe presentar:
- Formulario I-130.
- Prueba de su estatus (ciudadanía o Green Card).
- Evidencia de la relación, como certificados de nacimiento, acta de matrimonio, etc.
Presentar el I-130 es cómo inicia oficialmente el proceso migratorio de su ser querido. Una vez enviada, la petición entra a la cola de USCIS para revisión. Mientras espera, es importante entender qué ocurre a continuación, especialmente cómo la disponibilidad de visas afecta su cronograma.
Paso 3: Espere la aprobación de la petición y la disponibilidad de visa
Después de presentar el I-130, USCIS revisará su petición. El tiempo de aprobación varía, generalmente alrededor de 9.5 meses para familiares inmediatos, más para otros casos.
Si su familiar está en una “categoría de preferencia,” tendrá que esperar hasta que haya una visa disponible, según el Boletín de Visas y el país de origen.
Parientes inmediatos (cónyuge, hijo soltero menor de 21 o padre de ciudadana/o) no necesitan esperar número de visa, siempre hay disponibilidad.
Una vez que USCIS aprueba su petición y hay una visa disponible, su familiar puede avanzar con la solicitud de Green Card. El siguiente paso es decidir cómo aplicará: desde dentro de EE. UU. o en un consulado en el extranjero. Cada opción tiene sus propios requisitos.
Paso 4: Elija entre Ajuste de Estatus o Proceso Consular
Si su familiar ya está en EE. UU., tal vez califique para el Ajuste de Estatus, lo que le permite solicitar la Green Card sin salir del país.
Si está fuera de EE. UU., deberá completar el Proceso Consular en una embajada o consulado estadounidense.
Cada camino tiene sus propios formularios y pasos:
- Ajuste de Estatus: Presentar el Formulario I-485, asistir a cita biométrica y, posiblemente, a una entrevista.
- Proceso Consular: Enviar el DS-260, hacerse un examen médico y asistir a una entrevista consular.
Elegir la vía correcta, ya sea el ajuste de estatus o el trámite consular, depende de dónde viva su familiar y cómo haya ingresado a EE. UU. Una vez resuelto esto, el siguiente paso crucial es el financiero. Deberá demostrar que puede mantener a su familiar mediante la Declaración Jurada de Apoyo Económico. Esto implica lo siguiente.
Paso 5: Presente el Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico
Debe demostrar que puede mantener económicamente al familiar que está patrocinando. Para eso está el Formulario I-864.
Necesitará mostrar:
- Ingresos en EE. UU. iguales o superiores al 125% de las pautas federales de pobreza.
- Declaraciones de impuestos recientes, formularios W-2 o talones de pago.
- O contar con un patrocinador conjunto si no cumple con los requisitos de ingresos.
Incluso después de un divorcio, su obligación bajo este formulario continúa hasta que su familiar se convierta en ciudadano, salga de EE. UU., o fallezca.
Presentar el I-864 demuestra que su familiar no dependerá del gobierno. Es una de las partes más revisadas del proceso, así que sea meticulosa. Una vez presentado, su caso avanza hacia la revisión final, que a menudo incluye una entrevista o una Solicitud de Evidencia (RFE).
Paso 6: Asista a la entrevista y responda a cualquier RFE
Las entrevistas se llevan a cabo en USCIS (para AOS) o en el consulado (para casos consulares). A usted y a su familiar les harán preguntas sobre la relación y su historia.
A veces, USCIS o el consulado emite una Solicitud de Evidencia (RFE). Esto no es una negación, solo una solicitud para enviar más documentos o aclaraciones.
Mantenga la calma, responda por completo y dentro del plazo. Una buena respuesta suele allanar el camino hacia la aprobación.
Una entrevista exitosa o una respuesta completa a una RFE suelen superar el último obstáculo en su proceso de patrocinio. Con estos pasos ya superados, solo queda la emisión de la Green Card. Esto es lo que puede esperar cuando su familiar sea aprobado.
Paso 7: Su familiar recibe la Green Card
Este es el momento por el que ha estado trabajando: la aprobación de la Green Card. Si su familiar solicitó desde EE. UU., recibirá su tarjeta de residente permanente por correo. Si completó el trámite consular, ingresará a EE. UU. con una visa de inmigrante y obtendrá su Green Card poco después de su llegada. A partir de ahí, podrá vivir y trabajar libremente en Estados Unidos y comenzar a construir una vida estable a largo plazo.
Llegar a este punto es un gran logro, pero mantenerse organizado y proactivo durante todo el proceso marca la diferencia. Repasemos algunos consejos prácticos que pueden ayudarte a evitar retrasos y a afrontar cada paso con confianza.
Consejos para un proceso de patrocinio sin contratiempos
En Abogadas De Inmigración, hemos acompañado a innumerables mujeres en este proceso, no solo como abogadas, sino como defensoras compasivas que comprenden lo que está en juego. Cada caso es diferente, pero ciertos hábitos pueden facilitar su camino y asegurar un resultado más seguro. Esto es lo que recomendamos a cada clienta:
- Lleve un registro detallado. Mantenga archivos físicos y digitales de todos los formularios, recibos, notificaciones y comunicaciones con USCIS. Es su seguro frente a confusiones o documentos extraviados.
- Sea completamente honesta desde el principio. Cuéntenos toda la historia, incluso los detalles que no está segura de compartir. Las sorpresas durante el proceso pueden causar demoras o negativas, pero la transparencia nos permite protegerla mejor.
- No lo haga sola. Las leyes migratorias cambian con frecuencia y están llenas de detalles técnicos. Trabajar con un equipo dedicado, como el nuestro, significa tener orientación en cada etapa, desde formularios hasta entrevistas.
- Use fuentes confiables. Manténgase informada por canales oficiales. Nosotros también le ayudaremos a interpretar actualizaciones del Boletín de Visas y notificaciones de USCIS que puedan afectar su caso.
- Pregunte temprano y con frecuencia. No hay preguntas “tontas.” Ya sea que tenga dudas sobre un formulario o nervios por una entrevista, estamos aquí para guiarle y brindarle apoyo.
Cuando trabaja con nosotras, no solo está llenando formularios. Está construyendo un futuro, y para nosotras es un honor acompañarla en ese camino.
Si no tiene claro cuál es su próximo paso, podemos descubrirlo juntas. Programe hoy una evaluación confidencial con nuestro equipo. Revisaremos su situación, trazaremos una hoja de ruta legal y le ayudaremos a proteger a las personas que ama. Es confidencial y solo toma unos minutos.
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